En Trescom sabemos lo complicado que puede ser estar al día con la normativa en materia de sostenibilidad. Estos cambios no solo impactan a nivel regulatorio, sino también la forma en que las empresas deben comunicar su compromiso con la sostenibilidad.
Y es que, la simplificación regulatoria puede ayudar a las marcas a desarrollar narrativas más claras y efectivas, evitando una sobrecarga de información que dificulte la conexión con los principales stakeholders. Además, al contar con mayor flexibilidad, muchas empresas pueden optar por destacar su desempeño sostenible de forma voluntaria, posicionándose como referentes en su sector.
Por eso, queremos contártelo todo acerca de la reciente Directiva Ómnibus, una iniciativa de la Unión Europea que busca simplificar la burocracia sin perder de vista la sostenibilidad. Gracias a esta reforma, muchas empresas podrán respirar un poco más aliviadas al reducirse los requisitos de informes y otras obligaciones.
¿En qué consiste la Directiva Ómnibus?
Las empresas europeas llevan tiempo pidiendo menos burocracia y más eficiencia. Informes como el de Mario Draghi sobre competitividad y la «Declaración de Budapest» han puesto sobre la mesa lo difícil que resulta cumplir con la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Empresarial (CSDDD) y, como respuesta, la Comisión Europea ha propuesto la Directiva Ómnibus para hacer que estas regulaciones sean más prácticas y manejables.
Principales cambios de la Directiva Ómnibus
Aunque el documento definitivo está aún en negociación, las propuestas ya han sido presentadas al Parlamento Europeo y al Consejo para su adopción. Así, los cambios normativos entrarán en vigor una vez que haya acuerdo y tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Estas son las principales medidas que se contemplan:
Cambios en la Directiva sobre Información Corporativa en Materia de Sostenibilidad (CSRD)
- Menos empresas obligadas a reportar: se retiran alrededor del 80% de las empresas del ámbito de aplicación de la CSRD, dejando solo a aquellas con más de 1.000 empleados y un volumen de negocio superior a 450 millones de euros. Esto excluye a muchas empresas que antes debían cumplir con esta normativa.
- Más tiempo para adaptarse: se aplazan dos años (hasta 2028) los requisitos de información para las empresas que debían empezar a reportar en 2026 o 2027.
- Reducción de los datos obligatorios: se revisarán los Estándares de Reporte de Sostenibilidad Empresarial (ESRS) para reducir el número de puntos de datos requeridos.
- No más estándares sectoriales: no habrá estándares específicos para sectores ni para pymes que cotizan en bolsa. Sin embargo, se crearán estándares voluntarios para empresas que ya no están obligadas a reportar (hasta 1.000 empleados).
- Mayor control sobre empresas extranjeras: las empresas no pertenecientes a la UE deberán cumplir la CSRD si generan más de 450 millones de euros en ingresos en la UE (antes el umbral era de 150 millones de euros).
Cambios en la Directiva sobre Diligencia Debida en Sostenibilidad Empresarial (CS3D)
- Retraso en la aplicación: la entrada en vigor de la diligencia debida para grandes empresas se aplaza un año, hasta el 26 de julio de 2028. Sin embargo, las directrices sobre cómo aplicarla se adelantan a julio de 2026.
- Menos carga en la cadena de suministro: la diligencia debida solo se aplicará a proveedores directos (alcance 1), reduciendo la complejidad de seguimiento en toda la cadena de valor.
- Normas uniformes en la UE: se prohíbe a los Estados miembros introducir requisitos más estrictos que los establecidos en la CS3D.
- Sin responsabilidad civil: se elimina la responsabilidad civil para las empresas en toda la UE. En su lugar, las sanciones serán proporcionales y no estarán vinculadas al volumen de negocio.
- Exclusión de las instituciones financieras: no habrá un régimen de diligencia debida para bancos y otras instituciones financieras.
- Enfoque en los grupos de interés clave: solo será necesario involucrar a trabajadores/as, comunidades y personas directamente afectadas.
- Menos actualizaciones obligatorias: el proceso de diligencia debida solo deberá revisarse cada cinco años, en lugar de con mayor frecuencia.
- Flexibilidad en la transición climática: no habrá obligación de implementar un plan de transición climática.
- Menos presión en relaciones comerciales: se reduce la exigencia de terminar relaciones comerciales cuando un proveedor o socio incurra en impactos negativos.
En definitiva, la Directiva Ómnibus es un gran avance para la reducción de burocracia alineando mejor los requisitos de la CSRD y la CSDDD para evitar duplicidades y facilitar su aplicación. Estos cambios permitirán a las empresas enfocarse en su crecimiento y en estrategias de sostenibilidad adaptadas a sus necesidades reales. Además, esta simplificación regulatoria abre una oportunidad para reforzar la narrativa corporativa en torno a la sostenibilidad, destacando los compromisos reales y las acciones concretas sin verse obligadas a procesos complejos y extensos.
Ahora, solo queda esperar a que el Parlamento Europeo y el Consejo se pongan de acuerdo sobre la versión final del documento para ofrecer mayor claridad y estabilidad asegurando que la sostenibilidad sea un elemento estratégico, bien comunicado y accesible para todos los actores del mercado.