junio 21, 2024

IA: Un enorme reto competitivo y regulatorio para España y Europa

Escrito por Agustín Baeza

Algunos expertos consideran que la IA es el principal metaproblema del siglo XXI por la velocidad a la que se despligan nuevas herramientas y usos. El desafío es a nivel interno y externo en las empresas y organizaciones pero también a nivel regulatorio por parte de los Estados y entes supranacionales.

De todo eso discutimos hace escasos días en el I Foro de Asuntos Públicos de Trescom, en el que contamos con la presencia de varias empresas, que, junto al director de IA de Adigital, Justo Hidalgo, tuvieron la oportunidad de dialogar y conversar con los portavoces de los principales grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados: Juan Luis Pedreño (PP), Luisa Sanz (PSOE) y Pedro Fernández (VOX).

 

El debate fue intenso pero muy fructífero y nos marca una senda a seguir, puesto que ese diálogo permanente y continuo entre empresas, organizaciones, expertos, administraciones y representantes públicos va a ser absolutamente necesario para alcanzar los objetivos que se han trazado tanto España como la Unión Europea, con la adopción de la IA Act que fue aprobada el pasado mes de mayo. Sin ese marco de colaboración público-privada la gobernanza de la IA no será posible. La IA es un reto tanto a nivel interno como regulatorio. IA: Un reto regulatorio para España y Europa 

 

Un Reglamento de IA que constituye un ambicioso proyecto que pretende sentar las bases para una gobernanza transparente, efectiva y ambiciosa de estos desarrollos tecnológicos, al tratar de buscar un equilibrio entre el impulso a la innovación y la competitividad de las empresas. Sin dejar de lado, al mismo tiempo, la defensa de los principios y derechos de todos los ciudadanos comunitarios.

 

No resulta exagerado decir que este Reglamento se enfrenta al mayor reto de gobernanza de la historia de la Unión Europea, si tomamos en cuenta los escenarios que se dibujan sobre el impacto que va a tener la IA en el conjunto del planeta en los próximos años. Aún no somos capaces de esbozar con cierto rigor qué va a ocurrir con el trabajo, con la sanidad, con la educación, con la seguridad, etc. cuando la IA esté presente de forma masiva.

 

Todos vamos a necesitar hacer un enorme esfuerzo, cada uno desde su ámbito de responsabilidad, de diálogo y debate en primer lugar, puesto que las expectativas de los diferentes tipos de empresas y organizaciones son diferentes. Y también de comprensión y escucha de argumentos contrarios a los que cada uno defienda, puesto que existen diversas sensibilidades al respecto. Con todo, el Reglamento de la IA ya está aquí. Ahora hay que aplicarlo y ponerlo en práctica, e ir analizando cómo se desarrolla y observar qué dificultades vamos encontrando por el camino.

 

A la propia incertidumbre del proceso de desarrollo y de adopción de esta tecnología en el mercado, hay que añadir la adopción gradual del contenido y el articulado con el que ha sido concebido el Reglamento, en función de si hablamos de usos prohibidos de la IA (6 meses a contar desde su entrada en vigor), de las herramientas de IA con propósito general (12 meses), de los usos de alto riesgo (2 años) y el resto de usos (3 años).

 

También existe incertidumbre por una cierta ambigüedad que subyace en parte de los elementos del articulado, que deberán ser interpretados por la Oficina Europea de IA, que se convertirá en el centro neurálgico de la experiencia en IA en toda la UE, desempeñando un papel clave en la aplicación del Reglamento. Parecido papel, y en coordinación con aquella, tendrá la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), recientemente inaugurada y que ya tiene al frente a un director elegido en un proceso celebrado hace escasas fechas.

 

Las empresas, tanto las digitales como las que quieran trabajar con esta tecnología, tendrán que colaborar con estas agencias para asegurarse el cumplimiento de su actividad en el marco del Reglamento. Esto supone un importante desafío en la gobernanza de las compañías, pues tendrán que incorporar, sí o sí, en el cuadro de mandos de su estrategia esta variable de “asuntos públicos”.

 

La aprobación del Reglamento no significa el final del proceso, sino apenas un nuevo comienzo. A partir de ahora, y en función de la evolución del desarrollo de la tecnología y la evaluación que se vaya haciendo de la implementación y cumplimiento del articulado de la ley europea, asistiremos a numerosas interpretaciones de las agencias antes mencionadas para resolver los posibles conflictos que ineludiblemente van a estar presentes en la práctica diaria. A lo que hay que sumar que todavía quedan por desplegarse un conjunto de actos delegados, actos de ejecución, guías, códigos voluntarios y estándares que constituyen en su conjunto la llamada legislación secundaria que también será de aplicación en esta materia.

 

En suma, las empresas y organizaciones afrontan un doble reto: por un lado, la innovación y la competitividad desarrollando y utilizando herramientas de IA desde un marco ético y responsable; y, por otro, la gestión de compliance dinánima, continua y permanente que exige un Reglamento de esta naturaleza. En definitiva, la gestión de Asuntos Públicos en toda empresa que utilice o quiera utilizar la IA se convierte, en la actualidad, en la columna vertebral de sus estrategias organizativas y corporativas.

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